Samsung hace la presentación mundial del smartphone ‘Galaxy S’

Samsung Electronics ha presentado el smartphone ‘Galaxy S’ (I9000). JK Shin, presidente y director de la división de telecomunicaciones en Samsung Electronics, anunció el lanzamiento mundial del terminal durante la muestra International CTIA Wireless 2010. El Galaxy S estará disponible próximamente en Europa, Norteamérica, Latinoamérica, Australia y Asia.

Este modelo utiliza el sistema operativo Android 2.1 e incorpora una pantalla Super AMOLED de 4” y un procesador de aplicaciones de 1 GHz, para proporcionar videos HD, contenidos de realidad aumentada a través del navegador Layar Reality Browser y servicios basados en emplazamiento (Location Based Services, LBS) avanzados. Asimismo, su ‘Social Hub’ ofrece conectividad permanente a redes sociales, para permitir a los usuarios mantener el contacto con amigos, compañeros de trabajo y familiares en cualquier lugar y momento.

Por su parte, el mDNIe (mobile Digital Natural Image engine) —una tecnología que se utiliza en los televisores LED y LCD de Samsung— ofrece unas imágenes adecuadas para visualizar fotografías, videos y libros electrónicos. Además, el dispositivo proporciona un entorno adecuado para grabar, editar y reproducir vídeo en calidad HD, para navegar en Internet y leer libros electrónicos.

JK Shin dio a conocer el lanzamiento del ‘Galaxy S’ y se ocupó del objetivo de la compañía para “Democratizar el Smartphone’. En un entorno cada vez más dinámico y problemático, Samsung continúa innovando para liderar el mercado, utilizando los smartphones como pieza central de su estrategia. Según las estimaciones del sector, las ventas mundiales de smartphones se van a duplicar en el año 2013, hasta alcanzar un cuarto de todos los terminales vendidos. Como las personas que compran su primer dispositivo impulsan la mitad de las ventas mundiales, no resulta extraño que el atractivo de los smartphones no se limita a los individuos que adquieren las últimas tecnologías o incluso a las economías más avanzadas. JK Shin anunció el objetivo de Samsung para “impulsar la democratización del smartphone” y para “poner los smartphones a disposición de todo el mundo, independientemente de su coste, necesidad, estilo de vida o emplazamiento geográfico.”

Incoterms 2000: CPT – Carrier Paid To – Transporte pagado hasta

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El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por él. Este término admite cualquier modo de transporte, incluyendo el multimodal.

Obligaciones del Vendedor:

a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir dicho contrato.

b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las mercancías.

c) Contratar, en las condiciones usuales y a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al punto de destino convenido, por la ruta usual y en la forma convenida.

d) Entregar la mercancía al transportista contratado o, si hay porteadores sucesivos, al primer porteador, para el transporte hasta el punto acordado en el lugar convenido y en la fecha o dentro del período acordados.

e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada al transportista contratado o, si hay porteadores sucesivos, al primer porteador.

f) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.

g) Dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido entregada según lo pactado.

h) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de conformidad con lo pactado.

i) Proporcionar a sus propias expensas el embalaje requerido para el transporte de las mercancías (si es usual en el tráfico específico embalar las mercancías en cuestión).

j) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier documento o mensaje electrónico equivalente, emitido o transmitido en el país de entrega y/o origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país.

k) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

Obligaciones del Comprador:

a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.

b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier país.

c) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con lo pactado.

d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que ésta haya sido entregada al transportista contratado o, si hay porteadores sucesivos, al primer porteador, según lo pactado.

e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.

f) Cuando esté autorizado para determinar el momento de expedir la mercancía y/o el destino, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.

g) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de exportación.

Incoterms 2000: CIF – Cost, Insurance and Freight – Costo, Seguro y Flete

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El vendedor cumple su obligación de entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Sólo puede usarse para el transporte por mar o por vías de navegación interiores.

Obligaciones del Vendedor:

a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir dicho contrato.

b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las mercancías.

c) Contratar en las condiciones usuales y a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al puerto de destino convenido, por la ruta usual, en un buque de navegación marítima (o un buque de navegación interior, según el caso) del tipo normalmente empleado para el transporte de la mercancía.

d) Obtener, a sus propias expensas, un seguro de la carga según lo acordado en el contrato, que faculte al comprador, o a cualquier otra persona que tenga un interés asegurable sobre la mercancía, para reclamar directamente al asegurador y proporcionar al comprador la póliza de seguro u otra prueba de la cobertura del
seguro.

e) Entregar la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado.

f) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque, en el puerto de embarque convenido.

g) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.

h) Dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido entregada según lo pactado.

i) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de conformidad con lo pactado.

j) Proporcionar a sus propias expensas el embalaje requerido para el transporte de las mercancías (si es usual en el tráfico específico embalar las mercancías en cuestión).

k) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier documento o mensaje electrónico equivalente, emitido o transmitido en el país de entrega y/o origen, que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país.

l) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información necesaria para obtener un seguro complementario.

Obligaciones del Comprador:

a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.

b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier país.

c) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con lo pactado.

d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que ésta haya sido entregada de conformidad con lo pactado.

e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.

f) Cuando esté autorizado para determinar el momento de embarcar la mercancía y/o el puerto de destino, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.

g) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de exportación.

Incoterms 2000: CFR – Cost and Freight – Costo y Flete

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El vendedor concreta la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Sólo puede usarse para el transporte por mar o por vías de navegación interiores.

Obligaciones del Vendedor:

a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir dicho contrato.

b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las mercancías.

c) Contratar, en las condiciones usuales y a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al puerto de destino convenido, por la ruta usual, en un buque de navegación marítima (o un buque de navegación interior, según el caso) del tipo normalmente empleado para el transporte de la mercancía.

d) Entregar la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado.

e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque, en el puerto de embarque convenido.

f) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.

g) Dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido entregada según lo pactado.

h) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de conformidad con lo pactado.

i) Proporcionar, a sus propias expensas, el embalaje requerido para el transporte de las mercancías (si es usual en el tráfico específico embalar las mercancías en cuestión).

j) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier documento o mensaje electrónico equivalente, emitido o transmitido en el país de entrega y/o origen, que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país.

k) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

Obligaciones del Comprador:

a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.

b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier país.

c) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con lo pactado.

d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que ésta haya sido entregada de conformidad con lo pactado.

e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.

f) Cuando esté autorizado para determinar el momento de embarcar la mercancía y/o el puerto de destino, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.

g) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de exportación.

Incoterms 2000: FOB – Free on Board – Franco a Bordo

Diagrama incoterms 2000
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El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando ésta sobrepasa la borda del buque, en el puerto de embarque convenido. Sólo puede usarse para el transporte por mar o por vías de navegación interiores.

Obligaciones del Vendedor:

a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir dicho contrato.

b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las mercancías.

c) Entregar la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado, y en la forma acostumbrada en el puerto.

d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque, en el puerto de embarque convenido.

e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.

f) Dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido entregada según lo pactado.

g) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de conformidad con lo pactado.

h) Proporcionar a sus propias expensas el embalaje requerido para el transporte de las mercancías (si es usual en el tráfico específico embalar las mercancías en cuestión), en la medida en que las circunstancias del transporte le hayan sido reveladas antes de la conclusión del contrato de compraventa.

i) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier documento o mensaje electrónico equivalente, emitido o transmitido en el país de entrega y/o origen, que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país.

j) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

Obligaciones del Comprador:

a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.

b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier país.

c) Contratar, a sus propias expensas, el transporte de la mercancía desde el puerto de embarque convenido.

d) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con lo pactado.

e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que ésta haya sido entregada de conformidad con lo pactado.

f) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.

g) Dar al vendedor aviso suficiente sobre el nombre del buque, el punto de carga y la fecha de entrega a respetar.

h) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de exportación.